La Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó a una apoderada abstenerse de emitir comentarios ofensivos o realizar cualquier acción que afecte la honra de una profesora del colegio de su hija.
Lo anterior se dio tras acoger un recurso de protección presentado por la docente de tercer año básico, contra de la apoderada.
Según expuso, durante una actividad de evaluación diagnostica, la menor le preguntó si podía ir al baño. Ante eso, respondió si podía esperar, la menor le señaló que no y, por ese motivo, la profesora autorizó la salida.
Cerca de una hora después, la madre de la niña llegó al colegio y de forma alterada habría exigido explicaciones, además emitiendo juicios falsos de una supuesta discriminación.
A la vez se agrega que, posteriormente, la apoderada a través de Facebook realizó una serie de afirmaciones. Esto, específicamente mediante una trasmisión en vivo.
En dicha transmisión, la apoderada habría señalado que la niña fue discriminada por estar enferma, no tener uniforme y que no se le permitió ir al baño.
Igualmente, la docente acusó que desde ese día inició una persecución en su contra a través de la red social.
De esta manera, la Corte de Rancagua ordenó a la apoderada eliminar, en caso de no haberlo hecho, toda declaración ofensiva o atentatoria de su autoría que atente contra la honra de la profesora.
Igualmente, tendrá que abstenerse a seguir realizando publicaciones de ese tipo por cualquier medio de comunicación social.