Los trabajadores de Walmart, emitieron un comunicado en que dan cuenta del término de la huelga afirmando que se acogerán al artículo 342 del Código de Trabajo.
Al acogerse a lo anterior, además, se renuncia al bono por término de conflicto.
La mañana de este martes en tanto, la gerencia de la cadena de supermercados Líder, A Cuenta y Centro Mayorista ratificó que mantenía la oferta inicial de la negociación.
¿Qué estipula el artículo artículo 342?. Indica que durante todo el período de negociación, e incluso después de votada y hecha efectiva la huelga, la comisión negociadora sindical podrá poner término al proceso de negociación comunicándole al empleador, por escrito, su decisión de suscribir un contrato colectivo sujeto a las estipulaciones del piso de la negociación».
En el caso de que exista un instrumento colectivo vigente, ese es el piso, como ocurre en este caso.